OFICINA VIRTUAL DE REGULARIZACION DE PROTESTOS DE LA PROVINCIA DE LIMA
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INSTRUCCIONES
Y CONSIDERACIONES
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Para utilizar la
Oficina Virtual de Regularización de documentos protestados en la provincia de Lima,
Ud. previamente deberá de haber cancelado la deuda que desea regularizar, y leer
detenidamente la sección II "Documentación Sustentatoria".
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I.- Cómo utilizar
el servicio (para personas naturales y jurídicas) : |
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Ingresar al Portal de Negocios: www.e-camara.net, y registrarse como usuario de este servicio en la
Sección "Información Crediticia - Infocrédito".
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Luego de registrarse
se le enviará un correo electrónico de manera automática con su usuario y contraseña,
con dichos datos ingresará al Portal www.e-camara.net donde digitará su Usuario,
Contraseña y Código de Validación. De esta manera podrá visualizar sus protestos como persona
natural o jurídica.
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Seleccionará los
protestos que desee regularizar para luego presionar el botón "Realizar Regularización
Virtual", el sistema le calculará el monto total a cancelar
por su regularización.
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Usted determinará
la forma de pago que más le convenga: |
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a.- |
Depósito en
Cta.Cte. : en nuevos soles - Banco de Crédito del Perú Cta. N°193-0112800-0-93 a favor
de la Cámara de Comercio de Lima.
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Indicará el nombre,
documento de identidad y la dirección exacta de la persona que hará entrega bajo
cargo, de la documentación sustentatoria a nuestro Mensajero autorizado.
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II.- Documentación
Sustentatoria : |
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Copia simple del
documento de identidad del aceptante (si es persona natural DNI, si es persona jurídica
RUC).
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Título valor original
protestado y cancelado; o carta del acreedor, girador o tenedor legítimo (girador)
acreditando el pago bajo las siguientes condiciones :
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Si es persona
jurídica
: carta original membretada y actualizada, firmada por el representante legal acompañando
la copia simple del RUC de la empresa.
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Si es persona
natural
: carta con firma legalizada notarialmente acompañando el comprobante de pago por
la legalización notarial.
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En caso de que optara
por la forma de pago en Cta.Cte. bancaria hará entrega al Mensajero de la copia
del depósito.
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El Mensajero del
Registro verificará la documentación sustentatoria en el momento de su entrega por
el cliente y la trasladará al Registro.
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La documentación
será minuciosamente revisada por el Registro y si ésta se encuentra conforme se
procederá a la regularización de los títulos valores.
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Culminado el trámite
se le devolverá sus títulos valores originales y se le hará entrega de la factura
o boleta correspondiente.
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En caso de que haya
regularizado el total de sus anotaciones registrales (Lima y provincias) y requiere
de un Certificado de Regularizaciones, adicionalmente deberá abonar S/. 30.00
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El servicio funcionará
las 24 horas, los 7 días de la semana y la mensajería en horario de atención del
Registro de lunes a viernes de 8:45 a.m. a 6:30 p.m. y los sábados de 9:00 am. a
01:00 p.m.
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III.- Consideraciones Especiales : |
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En el caso de que
la documentación presentada no sustentara la regularización que se tramita, el interesado
deberá acercarse al Registro Nacional de Protestos y Moras ubicado en Gregorio Escobedo
396 Jesús María, en horario de oficina a fin de devolverle su documentación así
como el importe pagado menos S/.5.00 nuevos soles por cada título valor cuya regularización
se haya solicitado, dicho descuento cubrirá gastos administrativos.
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Para los casos de
homonimias, liquidación de empresas, procesos judiciales, fallecimientos, duplicidades
etc. debido a su complejidad le agradeceremos tramitarlos personalmente en el Registro.
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Si en el plazo de
48 horas del envío de su solicitud de regularización el Registro Nacional de Protestos
no ha podido verificar el pago efectuado según sus indicaciones, su solicitud quedará
automáticamente anulada.
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Las regularizaciones
que podrá efectuar por esta Oficina Virtual, sólo están referidos a los títulos
valores protestados en la provincia de Lima, pero podrá visualizar los protestos
a nivel nacional.
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Aviso Importante
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De conformidad con
el Art° 427 del Código Penal la falsificación o adulteración de documentos es delito
contra la fe pública.
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Registro Nacional
de Protestos y Moras
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